Servicio Nacional de Capacitación y Empleo ofrece diferentes beneficios para incentivar a los trabajadores, en especial hay dos que recomendamos analizar y tener en consideración.
Bono al Trabajo de la Mujer (BTM)
Es un aporte en dinero que premia el esfuerzo de mujeres y jefas de hogar de las familias más vulnerables. Este varía de acuerdo con la renta que reciben, y se paga a aquellas que mantienen al día sus cotizaciones previsionales y de salud.
Además, como una forma de promover la contratación de mujeres de los grupos más vulnerables, el empleador también recibe el incentivo. El beneficio para las trabajadoras corresponderá a 2/3 del bono durante cuatro años continuos y 1/3 para el empleador (por 24 meses).
El beneficio para la trabajadora dura cuatro años continuos, a partir del mes siguiente a la presentación de la solicitud. Quienes hayan cumplido con este periodo no pueden postular nuevamente al programa y la normativa tampoco considera la prolongación o extensión de este beneficio.
La postulación la debe realizar el trabajador durante todo el año en el sitio web de la institución, con su clave única.
Este bono es incompatible con el Subsidio al Empleo Joven (SEJ) y con cualquier otro programa estatal de generación de empleo
Pueden postular:
Subsidio al Empleo Joven
El Subsidio al Empleo Joven es un beneficio en dinero que otorga el Estado para mejorar el ingreso de jóvenes de 18 a 24 años, 10 meses de edad, que trabajen de manera dependiente o independiente y que pertenezcan al 40% más vulnerable de la población.
Además, como una forma de promover la contratación de los grupos más vulnerables, el empleador también recibe el incentivo. El beneficio para las trabajadoras corresponderá a 2/3 del bono y 1/3 para el empleador. Para los empleadores el subsidio siempre será mensual. Cuando un trabajador tiene más de 1 empleador el beneficio se distribuye en la misma proporción de las remuneraciones.
El trabajador puede recibir el beneficio hasta los 25 años de edad, con la posibilidad de extenderlo en caso de maternidad o estudios durante el último año del beneficio. Para ello, debe solicitar su extensión dentro de los 3 meses anteriores al cumplimiento de los 25 años.
Se puede postular los 365 días del año, con la clave única del trabajador. La aprobación o rechazo de la solicitud puede tardar 90 días.
Pueden postular:
El pago se calcula en tres tramos:
Servicio Nacional de Capacitación y Empleo ofrece diferentes beneficios para incentivar a los trabajadores, en especial hay dos que recomendamos analizar y tener en consideración.
Bono al Trabajo de la Mujer (BTM)
Es un aporte en dinero que premia el esfuerzo de mujeres y jefas de hogar de las familias más vulnerables. Este varía de acuerdo con la renta que reciben, y se paga a aquellas que mantienen al día sus cotizaciones previsionales y de salud.
Además, como una forma de promover la contratación de mujeres de los grupos más vulnerables, el empleador también recibe el incentivo. El beneficio para las trabajadoras corresponderá a 2/3 del bono durante cuatro años continuos y 1/3 para el empleador (por 24 meses).
El beneficio para la trabajadora dura cuatro años continuos, a partir del mes siguiente a la presentación de la solicitud. Quienes hayan cumplido con este periodo no pueden postular nuevamente al programa y la normativa tampoco considera la prolongación o extensión de este beneficio.
La postulación la debe realizar el trabajador durante todo el año en el sitio web de la institución, con su clave única.
Este bono es incompatible con el Subsidio al Empleo Joven (SEJ) y con cualquier otro programa estatal de generación de empleo
Pueden postular:
Subsidio al Empleo Joven
El Subsidio al Empleo Joven es un beneficio en dinero que otorga el Estado para mejorar el ingreso de jóvenes de 18 a 24 años, 10 meses de edad, que trabajen de manera dependiente o independiente y que pertenezcan al 40% más vulnerable de la población.
Además, como una forma de promover la contratación de los grupos más vulnerables, el empleador también recibe el incentivo. El beneficio para las trabajadoras corresponderá a 2/3 del bono y 1/3 para el empleador. Para los empleadores el subsidio siempre será mensual. Cuando un trabajador tiene más de 1 empleador el beneficio se distribuye en la misma proporción de las remuneraciones.
El trabajador puede recibir el beneficio hasta los 25 años de edad, con la posibilidad de extenderlo en caso de maternidad o estudios durante el último año del beneficio. Para ello, debe solicitar su extensión dentro de los 3 meses anteriores al cumplimiento de los 25 años.
Se puede postular los 365 días del año, con la clave única del trabajador. La aprobación o rechazo de la solicitud puede tardar 90 días.
Pueden postular: