Nos dirigimos a usted para entregar un resumen de la información más relevante con respecto a la Ley 21595, la cual sistematiza los delitos económicos y atentados contra el medio ambiente, regula las penas y consecuencias adicionales aplicables a las personas responsables de estos delitos y modifica diversos cuerpos legales para perfeccionar y complementar su normativa en el ámbito del derecho penal económico.
Cabe destacar que se crean cuatro categorías de delitos económicos, incluyendo en cada una de ellas un listado detallado de figuras penales ya existentes y otras nuevas incorporadas por este texto legal. Incorporando la aplicación de penas privativas o restrictivas de libertad y multas cuya determinación deberá hacerse conforme a las reglas dispuestas en la ley, además de inhabilidades y prohibiciones.
La Ley de Delitos Económicos implica importantes cambios en el sistema penal chileno. En la materia laboral, las empresas podrán ser penalmente responsables por delitos que tienen directa relación con el orden social, el sistema de pensiones y la salud de las personas en el contexto laboral.
Con la promulgación de la ley, aquellos delitos relacionados a los salarios de los trabajadores, y a la seguridad individual de las personas, entre otros, serán considerados como delitos económicos, cuando estos sean cometidos por alguien en ejercicio de un cargo, función o posición en una empresa o en beneficio económico.
En ese sentido, resulta relevante hacer un breve repaso por los delitos que ahora se considerarán como económicos. Ello resulta más fácil agrupándolos en diversas categorías:
En cuanto a las implicancias para las personas naturales, al tratarse de delitos económicos, aplica respecto de ellos el sistema de determinación de las penas establecidas en la ley, por lo que deberán considerarse las atenuantes y agravantes especiales dispuestas. Asimismo, el monto de la multa a la que se verán expuestas las personas y las empresas dependerá de la cantidad de días-multa a los que es condenada.
Por otro lado, la incorporación de estos delitos impactará significativamente a las empresas, ya que se verán más expuestas en su calidad de “empleador”, debiendo poner especial atención en los controles preventivos, por ejemplo, de accidentes laborales.
Asimismo, es de suma relevancia que se realice un levantamiento de las actividades propias de la empresa y su rubro con el objeto de identificar los controles ya existentes e implementar aquellos que podrían faltar y ser necesarios. Además, es evidente que el área de prevención de riesgos será esencial para llevar a cabo esta tarea, lo que deberá acompañarse de un fuerte programa de capacitaciones a los trabajadores y trabajadoras de la compañía.
Finalmente, se deben reforzar los procedimientos de pago de remuneraciones y cotizaciones.