Nueva Ley de Migraciones y Extranjería

En el mes de febrero del año 2022, se dictó el primer Reglamento de la nueva Ley de Migraciones y Extranjería, que modifica las normas sobre contratación de extranjeros y categorías migratorias, por lo que, estimamos necesario hacer presente los siguientes aspectos a tener en consideración.

1. Nuevas categorías migratorias:

• Permanencia transitoria: Autoriza a permanecer en territorio nacional por un período limitado. No se requiere autorización previa o visa, salvo excepciones respecto de ciertos países. Permanencia por un máximo 90 días, prorrogables. Actividades remuneradas: Solamente en casos excepcionales (Conferencistas, asesores, otros.)

• Residencia oficial (diplomáticos): Permiso de residencia otorgado a los extranjeros que se encuentran en misión oficial reconocida por Chile, y a los dependientes de estos.

• Residencia temporal: Permiso de residencia otorgado a los extranjeros que tengan el propósito de establecerse en Chile por un tiempo limitado. Se otorgará a quienes acrediten tener vínculos de familia con chilenos o residentes definitivos o a quienes su estadía sea concordante con los objetivos de la Política Nacional de Migración anual o en casos calificados por Interior.

• Residencia definitiva: Permiso para radicarse indefinidamente en Chile, que autoriza a desarrollar cualquier actividad lícita, sin otras limitaciones que las que establezcan las disposiciones legales y reglamentarias. Solo se podrá otorgar a los extranjeros poseedores de un permiso de residencia temporal que expresamente admita postular a ella y que hayan residido en el país por al menos 24 meses.

 

2. Desarrollo de actividades remuneradas sin autorización.

Los extranjeros que desarrollen actividades remuneradas, sin estar habilitados o autorizados para ello, serán sancionados con una multa de media a cinco unidades tributarias mensuales. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el número 5 del artículo 127.

El empleador que contrata a trabajadores extranjeros en situación migratoria irregular es considerado infractor a la legislación laboral y previsional por la informalidad subyacente en este vínculo.

3. ¿Se puede contratar a un extranjero indocumentado?

NO, emplear extranjeros que no cuenten con el permiso correspondiente es una falta. Previo al contrato debe solicitar que acrediten su residencia o permanencia legal en Chile, y que estén debidamente autorizados para trabajar y habilitados para ello.

Si con motivo de esta infracción se aplicare al extranjero la medida de expulsión del territorio nacional, la persona, empresa o institución empleadora, deberá correr con los gastos que originen su salida (artículo 152° inciso tercero del Reglamento de Extranjería). La infracción a esta obligación será sancionada con multas de 0,22 a 11,14 ingresos mínimos por cada infracción.

Es importante tener presente que estas multas son aplicadas a las empresas por cada trabajador que sea sorprendido trabajando sin autorización, y que, en caso de reincidencia por parte del empleador dentro un período de dos años, se aplicará el monto máximo de la multa dentro del rango que corresponda de acuerdo al tamaño de la empresa. En la práctica, las multas aplicadas a empleadores y empresas son:
• Tratándose de una microempresa (1 a 9 trabajadores contratados), la multa puede ser de $60.000 a $1.200.000 (1 a 20 UTM).
• Si se trata de una pequeña empresa (10 a 49 trabajadores contratados), la multa puede ser de $600.000 a $2.400.000 (10 a 40 UTM).
• Para las medianas empresas (50 a 199 trabajadores contratados), la multa puede ser de $1.800.000 a $6.000.000 (30 a 100 UTM).
• Y en el caso de las grandes empresas (más de 199 trabajadores contratados), la multa puede ser de $3.600.000 a $12.000.000 (60 a 200 UTM).

4. Cuáles son las obligaciones de un empleador, si tiene un trabajador que esta indocumentado o irregular en el país.

En el caso de los empleadores, que inician una relación laboral (aunque no firmen un contrato) con una persona que se encuentra en situación irregular, o bien, que cae en irregularidad después de haber sido contratada, deben cumplir con todas las normas del Código del Trabajo, entre ellas, las normas sobre derechos fundamentales, remuneraciones, jornadas de trabajo y descansos, protección de la maternidad, y protección de la salud y de la vida. El incumplimiento de estas normas puede ser sancionado con multas por la Inspección del Trabajo y también dar origen a juicios laborales en contra del empleador.

 

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