Cambio tasa retención boletas de honorarios

El 2 de febrero de 2019 se publicó en el Diario Oficial la ley N°21.133 que incorpora a los trabajadores a honorarios a los regímenes de Protección Social, estableciendo un mecanismo obligatorio y gradual del pago de sus cotizaciones, lo que les permite tener acceso a todos los beneficios de la seguridad social.

Con el objeto de contar con los recursos necesarios para el financiamiento de estas cotizaciones, la ley estableció también que, a partir del 1 de enero de 2020, se aumentará gradualmente la retención del 10% o la tasa del Pago Provisional Mensual obligatorio (PPM) en los casos que no aplica la retención del receptor, en la emisión de Boletas de Honorarios.

Cada año se adicionará un 0,75% y un 1% el último año, hasta llegar a un 17% en el año 2028, de acuerdo a la siguiente tabla:

Para las personas que emitan boletas de honorarios mediante el portal del SII, este realizará el cálculo de la nueva tasa de retención de forma automática.

Para calcular la retención con la nueva tasa, adjuntamos ejemplos:

Caso Nº1: cálculo a realizar a partir del líquido

Valor líquido boleta de honorarios $100.000 / 0,8475 = $117.994 (monto bruto) por el 15,25% $17.994 (retención). Monto bruto menos retención, igual al líquido.

Entonces el monto se desglosaría de la siguiente manera en la boleta de honorarios:

  • -Bruto $117.994
  • -Retención 15,25% $17.994
  • -Líquido a pagar $100.000

Caso Nº2: cálculo a realizar a partir del bruto

Monto bruto $117.994 por el 15,25% = $17.994 (retención). Monto bruto menos retención, igual al líquido a pagar.

Al igual que en el caso anterior, el resultado final es el mismo, por lo tanto, el monto se desglosaría de la siguiente manera en la boleta de honorarios:

  • -Bruto $117.994
  • -Retención 15,25% $17.994
  • -Líquido a pagar $100.000

 

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