Ley 21.745 – impuestos para ferias libres

¿De qué se trata esta ley?

A partir del 1 de agosto de 2025, comenzó a regir una nueva ley que crea un sistema especial de impuestos para quienes venden en ferias libres. Esta ley busca facilitar el cumplimiento tributario, haciéndolo más simple y económico.

¿Qué se considera una feria libre?

Son espacios donde pequeños comerciantes venden regularmente productos como frutas, verduras, carnes, pescados u otros bienes, directo al público.

¿Quiénes pueden acceder?

Solo personas naturales que:

  • Vendan en ferias libres.
  • Tengan su permiso municipal o patente vigente.
  • Estén registrados en el SII (Servicio de Impuestos Internos) con el giro de feria libre.
  • No estén en otro régimen simplificado de IVA.

Exclusiones

Serán excluidos:

  • Quienes pierdan o vean revocado su permiso municipal.
  • Quienes informen actividades comerciales distintas a las ferias libres.
  • Quienes utilicen medios de pago no autorizados.
  • Quienes incumplan los requisitos definidos por el SII mediante resolución.
  • La exclusión tendrá efectos desde el mes siguiente o subsiguiente, según la causal, y se deberá determinar la diferencia de impuestos correspondiente entre el período de incumplimiento y la fecha de la resolución.

¿Qué beneficios tiene este régimen?

Si usted se inscribe:

  • No tendrá que presentar declaraciones mensuales de IVA.
  • No necesita llevar contabilidad ni libros.
  • El impuesto que pagará será solo un 1,5% sobre las ventas que se paguen con tarjeta u otro medio electrónico.
  • No podrá usar crédito fiscal por compras, pero tampoco tendrá que complicarse con boletas electrónicas complejas.

¿Cómo se paga ese 1,5%?

El impuesto será retenido y declarado mensualmente por los operadores de medios de pago electrónico, quienes actuarán como agentes retenedores. Dichos operadores deberán asegurar que el total cobrado (impuesto más comisiones) no supere el 3,5 por ciento del monto de la venta. El SII regulará la forma, contenido y plazo de estas declaraciones.

¿Qué obligaciones mantiene?

  • Debe seguir entregando comprobantes de venta.
  • Solo puede usar medios de pago electrónicos autorizados por el SII.
  • Debe mantener vigente su permiso municipal.

¿Qué pasa si no cumple los requisitos?

Puede quedar fuera del régimen especial y volver al sistema general, lo que significa más trámites y obligaciones.

Plazos importantes:

  • Vigencia: desde el 1 de agosto de 2025.
  • Plazo para inscribirse: hasta el 31 de diciembre de 2025.
  • Deudas antiguas con el SII no impiden inscribirse.
  • Si está en el régimen simplificado actual, puede cambiarse hasta esa misma fecha. Si no lo hace, desde enero de 2026 quedará en el régimen general

 

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