El 30 de junio del año 2022 se publicó la ley N º 21.453 que modifica el código tributario, obligando así a los bancos y otras instituciones financieras a entregar información sobre saldos y sumas de abonos en cuentas financieras, al Servicio de Impuestos Internos (SII), de los contribuyentes de Primera Categoría.
Es así como las entidades financieras deberán reportar información sobre cuentas corrientes bancarias, depósitos a plazo, depósitos a la vista o vales vista, cuentas a la vista, cuentas de ahorro a plazo, cuentas de ahorro a la vista, cuentas de ahorro a plazo para la vivienda, cuentas de ahorro a plazo con giros diferidos y cuentas de ahorro a plazo para la Educación Superior, dentro de los primeros 15 días del mes de marzo de cada año.
La información que las entidades financieras enviarán al SII, debe contener la siguiente información: identificación de la entidad financiera, identificación del titular, periodo de reporte, el tipo de producto, número de registro interno del producto, monto, estado de vigencia del producto y fecha de cierre del producto, cuando corresponda.
Además, deberán informar el saldo o valor, así como la suma de los abonos efectuados a los productos o instrumentos a reportar, únicamente cuando el saldo o suma de abonos efectuados a dichos productos o instrumentos, individualmente considerados o en su conjunto, registren un movimiento diario, semanal o mensual, igual o superior a 1.500 unidades de fomento, es decir, $50.437.080 (según al valor de la UF al 17/08/2022).
Se entregará información de los titulares y beneficiarios finales que sean contribuyentes personas naturales o jurídicas, patrimonios de afectación u otras entidades que tengan domicilio o residencia en chile o que se hayan constituido o establecido en el país.
Esta ley entra en vigencia a partir del 01 de septiembre del 2022.