Informamos a usted que el día 31 de diciembre se publicó el Decreto 91 el cual Prorroga vigencia del Decreto n° 4, de 2020, del ministerio de salud, que decreta alerta sanitaria por el período que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV).
Esto implica que se mantienen vigentes las obligaciones de las empresas (Ley Nº21.342), siendo fundamental:
Según indican las mutualidades, las circulares 3597 y 3697 de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) seguirán vigentes, por lo que no es necesario realizar cambios a los protocolos con esta prórroga. Además, se espera que no se modifique el FUF (Formulario Único de Fiscalización) dado que las medidas vigentes no han sufrido cambios.